Zaragoza, 8 de noviembre de 2016.- El establecimiento de un nuevo régimen del turno de guardia, la modificación del procedimiento para determinar los gastos de infraestructura y su justificación por parte de los colegios de abogados, además de cambios en la consideración y cálculo de los anticipos son las principales novedades del Decreto sobre modificación parcial del Decreto 110/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, que entrará en vigor el 1 de Enero de 2017, aprobado esta mañana el Consejo de Gobierno.
Uno de los cambios más relevantes es la aplicación de un nuevo régimen del turno de guardia, que prevé su prestación por los abogados en régimen diario en las capitales de provincia, y semanal retribuido en el resto de partidos judiciales, cambio que, en este último caso, supone derogar el régimen anterior de «asistencia individualizada”, donde de no haber detenidos o asistencias no se percibía cantidad alguna.
Otro cambio importante es el de los gastos de funcionamiento e infraestructura que se ocasionan y su justificación. En este sentido, se modifica el régimen previsto en el Decreto vigente, que contemplaba una compensación económica establecida en una cantidad fija (40,42 euros por cada expediente de reconocimiento de asistencia jurídica gratuita tramitado).
A partir del 1 de enero se aplicarán unos porcentajes por tramos para obtener los gastos de infraestructura y funcionamiento, cuyos destinatarios son los colegios de abogados:
- Primer tramo, hasta, 100.000 euros, se le aplica el 15%.
- Segundo tramo, entre 100.000 y 200.000 euros, se aplicará un 12%.
- Tercer tramo, desde 200.000 a 400.000 euros se aplicará un 10%.
- A partir de los 400.000 euros se aplicará un 8%.