En el periodo de exposición pública del citado acuerdo, los concejales
socialistas presentaron diversas alegaciones, entre las que se encuentra una
respecto a la Ordenanza de Subvenciones (Nueva Creación), por la vulneración en
su tramitación del artículo 140 de la Ley de Administración Local de Aragón, ya
que no se ha otorgado el trámite de audiencia a las numerosas Asociaciones
inscritas en el Registro Municipal, todas ellas afectadas por la materia.
Otra de las alegaciones hace referencia a la Ordenanza Reguladora de la Tasa
de Basuras, ya que el Grupo Municipal Socialista no ha podido obtener toda la
información requerida ante el Ayuntamiento de Calatayud para verificar si la
actuación municipal es correcta, y se considera que el Consistorio bilbilitano
pudiera estar cobrando a los vecinos la limpieza viaria (algo prohibido por la
legislación vigente).
Por esa razón se han formulado dos preguntas (en Junta de Gobierno y en
Pleno) que no han sido respondidas debidamente.
Otra de las alegaciones se refiere a la Ordenanza Reguladora del
Abastecimiento de Agua Potable, puesto que los socialistas consideran que no
consta en el expediente el preceptivo informe que señala la vigente legislación
en materia de Haciendas de las Corporaciones Locales, ya que el único informe
que existe, ha sido elaborado por la Empresa concesionaria del Servicio, y en el
mismo se indican los datos que establece la Ley para determinar la
corrección en el cobro de la Tasa.
Por último, y sobre la Ordenanza reguladora de la pista de autoescuelas, la
alegación del PSOE de Calatayud hace alusión a la posible vulneración del
principio de igualdad consagrado en la Constitución.
En la queja remitida al Justicia de Aragón, el Grupo Municipal del PSOE
señala que el Ayuntamiento de Calatayud, lejos de asumir la Alegación, con fecha
6 de noviembre dicta Decreto de Alcaldía por el que se amplía el plazo de
exposición al público de la modificación de las Ordenanzas Fiscales hasta el día
15 de noviembre de 2004.
El Grupo PSOE considera que esa ampliación de plazo obedece a la
Alegación formulada en el sentido de que la modificación de Ordenanzas Fiscales
no estaba publicada en el Tablón de Anuncios municipal, de modo que la Alegación
formulada debería haber sido, cuando menos, estimada.
En el Pleno del Ayuntamiento de Calatayud celebrado el pasado lunes, el
equipo de Gobierno ha desestimado todas y cada una de las Alegaciones
formuladas, de modo que la modificación de las Ordenanzas Fiscales para 2005 ha
quedado aprobada definitivamente.
Los socialistas consideran que la actuación del Ayuntamiento de Calatayud no
se considera ajustada a Derecho, entre otras razones por la vulneración del
artículo 140 de la L.A.L.A. en la Ordenanza de Subvenciones; por la inseguridad
jurídica para los ciudadanos en el modo de proponer la aprobación inicial de las
modificaciones; por la ausencia de informes preceptivos así como por la no
justificación del cambio de Tasa a Precio Público de algunas Ordenanzas, de modo
que no se ha producido la derogación de las Ordenanzas vigentes, y la aprobación
de las nuevas.